Microrrelato · Del catálogo de Margen
En 2042 la ley cobra por mirar el móvil sin arrancar

—Ingeniera Fumero, le doy la multa por manipulación del terminal móvil. —Bautista, el coche estaba apagado. —Y aparcado en zona tarifada. —Le estaba escribiendo al hospital que llegaba tarde. —Podría usar el reloj. La ley admite el reloj. —No tengo reloj. —Se lo apunto: no dispone del dispositivo homologado. —Guardia, esto no puede ser. En un aparcamiento no se conduce. —Artículo 92 bis del Reglamento General de Circulación. Modificado por el Real Decreto 421 de 2039. Prohíbe la manipulación del terminal móvil también con el motor apagado en zonas de estacionamiento tarifado. —¿Y en el descampado no me multaría? —En el descampado no hay carril tarifado. —Pero es la misma acción. —El artículo entiende la ubicación. Las intenciones las juzga el juez. —¿Y si el aparcamiento estuviera lleno? Estoy dando vueltas. —Entonces el motor no estaría apagado. —Le apago el motor para no contaminar. —Y le levanto la multa por contaminar. —Bautista, tengo un reloj en casa que no me pongo porque me aprieta. —Ingeniera, se lo apunto para el juez: reloj homologado disponible en el domicilio, no llevado al vehículo por incomodidad personal. —¿Y cómo sabe usted mi profesión? —Me lo ha dicho el terminal que estaba manipulando. Su reloj lo habría cifrado.